La verdad del sistema previsional

El estado actual del sistema jubilatorio no deriva de su carácter público ni de su forma de recaudar y distribuir beneficios.

  • Sin justicia. Los jubilados hacen juicio porque la ANSeS paga lo que no le corresponde 

El régimen previsional público se estructuró como un sistema de capitalización colectivo administrado por el Estado. Se financió con contribuciones patronales y aportes del trabajador calculados como un porcentaje del salario. A cambio, y condicionado al cumplimiento de ciertos requisitos preestablecidos –como edad o años de aportes- el sistema aseguraba el pago de beneficios que se actualizaban por la evolución de los salarios.

Se trata de un régimen de contribuciones definidas (sobre el salario) y beneficios también definidos (por alícuotas o porcentajes del salario), con independencia de los rendimientos que hayan tenido o no los aportes y las contribuciones ingresados al sistema.

La magnitud de los aportes, sumada a los rendimientos de esos ingresos, se calculan de modo de asegurar los beneficios, que deben guardar una relación con los últimos ingresos obtenidos en la actividad, como el “famoso” 82%. Por esto, la jubilación es un salario diferido. Fallos de la Corte Suprema, como Badaro y tantos otros, se basan y ratificaron esos principios.

Al comienzo estos sistemas (tanto públicos como privados) son fuertemente superavitarios, ya que sólo recaudan aportes y pagan pocos beneficios. Los excedentes son invertidos en acciones, bonos y otros instrumentos cuyos rendimientos deberían ayudar a capitalizar el sistema.

Un estudio de 1994 de la Fundación de Investigaciones Económicas Latinoamericana (FIEL) reconoció que “en la década de 1950, la acumulación de esos títulos públicos en las ‘Cajas’ de previsión representaba el 47% del Producto Bruto Interno (PBI)”. ¡Casi la mitad de toda la riqueza que producía el país en un año!

En tanto que otro trabajo elaborado por Oscar Cetrángolo y José L. Machinea (1993) admite que “desafortunadamente, los superávits de los primeros años no lograron financiar los déficits posteriores. La razón de eso debe buscarse en el hecho de que los excedentes fueron colocados en bonos de la Tesorería con un rendimiento del 4% anual mientras la inflación oscilaba entre el 15 y 25% anual. Por otro lado, el Tesoro hacía sus aportes como empleador en bonos. En 1970, se dispuso mediante una ley el rescate de los bonos por un monto total de 215 millones de dólares, en 10 cuotas anuales sin ajuste”.

El vaciamiento del sistema Otro factor de deterioro fue la tolerancia del Estado con la evasión y el trabajo no registrado. En tanto, se aprobaron jubilaciones de privilegio para jueces, diputados, senadores y concejales, entre otros. Entre octubre de 1980 y setiembre de 1984 se eliminó el aporte patronal del 15%. Luego, aunque fue restituido parcialmente, hasta setiembre de 1991 fue inferior al 15%.

En esas condiciones, las jubilaciones y pensiones se degradaron y el sistema debió ser asistido por el Tesoro. Luego, con el argumento de la “quiebra” previsional, en 1994 se creó la jubilación privada a través de las AFJP invirtiendo –previo cobro de suculentas comisiones– los aportes también en títulos públicos y acciones, no sin prometer haberes mediocres.

Entonces, a cambio de asistir al sistema con impuestos y el 15% de la coparticipación, volvieron a reducirse los aportes patronales, se transfirieron a la ANSeS cajas provinciales y los déficits de las cajas no transferidas.

Luego de la crisis de 2001/2002, hubo aumentos del haber mínimo en detrimento del resto de los jubilados, lo que fue cuestionado por la Corte Suprema en el caso Badaro.

En 2008 se estatizó el sistema pero se mantuvo la ley de jubilaciones de los 90, que había reducido el cálculo de los haberes, y se continuó cargando a la ANSeS el pago de beneficios que no se financian con aportes. Ejemplos: las pensiones no contributivas y la Asignación por Hijo que son de Desarrollo Social, el programa de computadoras que debería cubrir Educación, los déficits de las Cajas de las Fuerzas de Seguridad propios de Defensa y planes de empleo que corresponden a Trabajo.

La ANSeS se hizo cargo de esos déficits ajenos y de mayores gastos no por contar con excedentes, sino incumpliendo con las leyes previsionales. Por eso acumula una alta litigiosidad y un pasivo indeterminado por los juicios en su contra, mientras sigue financiando los déficits del Estado.

Las vicisitudes del sistema previsional muestran la responsabilidad de gobiernos de distinto signo político a lo largo de varias décadas en utilizar los fondos jubilatorios para financiar déficits fiscales y subsidiar diversos sectores económicos. La contracara son jubilaciones magras, mientras no se respetan y no se extienden a todos los jubilados los fallos de la Justicia.

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