Gils Carbó recomendó a la Corte que los ajustes jubilatorios contemplen el impacto previsional

22/08/2013

Señaló que "los jueces no pueden disponer de los recursos previsionales mediante la resolución de casos particulares, prescindiendo de analizar su impacto en la sustentabilidad de todo el sistema".

 La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, recomendó a la Corte Suprema que, los reajustes de haberes por reclamos de jubilados, deben contemplar el impacto en el sistema, al señalar que "los jueces no pueden disponer de los recursos previsionales mediante la resolución de casos particulares, prescindiendo de analizar su impacto en la sustentabilidad de todo el sistema".

"La determinación del derecho de cada persona individual no puede prescindir de su impacto sobre el derecho de los restantes jubilados. Los jueces no pueden disponer de los recursos previsionales mediante la resolución de casos particulares, prescindiendo de analizar su impacto en la sustentabilidad de todo el sistema", subrayó GilsCarbó.

Lo hizo al recomendar que sea revocada una sentencia que actualizó los haberes de un jubilado, en sintonía con fallos de la Corte que reconocieron los derechos de los jubilados por diferencias entre lo que perciben mensualmente y lo que deberían percibir.

Según Gils Carbó, "la actualización del haber jubilatorio inicial y su movilidad posterior deben ser determinadas en forma tal que se garantice los derechos de los jubilados en condiciones de igualdad".

"No es posible soslayar las pautas fijadas por la autoridad de aplicación que es quien debe determinar cuáles son los índices correspondientes que permiten resguardar los derechos de los jubilados, en forma generalizada y en condiciones de igualdad, con los recursos previsionales existentes", sostuvo el dictamen, que no es de cumplimiento obligatorio para la Corte.

La jefa de los fiscales pidió revocar una sentencia de la Cámara de la Seguridad Social que, según su opinión, no tomó en cuenta la sanción de la "ley de movilidad de las prestaciones del régimen previsional público", que garantizó la actualización periódica de los haberes jubilatorios.

"Este mecanismo fue creado con el objetivo de mantener una razonable proporcionalidad entre los salarios de actividad y los haberes de retiro, a la vez de asegurar la sustentabilidad intertemporal del sistema previsional argentino", explicó Gils Carbó.

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